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Mayorías en la Comunidad de Propietarios

Es una de las cosas que dudamos cuando se va a votar algo importante o que nos afecta en nuestra comunidad.

¿Cuantos votos se necesitan para que salga adelante esta propuesta?

En este artículo te explicamos unas reglas generales que puedan solventar algunas dudas.

Propuestas que necesitan 1/3 de los votos y cuotas para ser aprobadas:

Son muy poquitas y no suelen ser las más frecuentes.
Aquí nos podemos encontrar con propuestas de instalación o adaptación de elementos para el acceso a servicios de telecomunicaciones, como por ejemplo una caja de comunicaciones para poder utilizar los servicios de un operador.

La instalación de infraestructuras para poder acceder a suministros energéticos colectivos nuevos, instalación de sistemas para aprovechar energías renovables ó, cuando tienen un aprovechamiento privativo, la instalación y desinstalación de otros sistemas para mejorar la eficiencia energética ó hídrica
Los propietarios que no voten a favor, no tienen porque participar en el reparto de los costes, si bien es cierto que, si posteriormente quieren usar esos servicios, deben abonar el importe que les hubiera correspondido en su día debidamente actualizado.

Propuestas que requieren 3/5 de los votos y cuotas para ser aprobadas:

Entre este tipo de acuerdos que debe tomar la Junta de Propietarios con el apoyo de tres quintas partes de los vecinos y cuotas, nos encontramos, por ejemplo, con lo concerniente a establecer ó eliminar servicios comunes de interés general como la portería, conserjería, vigilancia…

También el alquiler de elementos comunes, por ejemplo, la azotea para instalar un elemento publiciatario…

O la instalación o desinstalación de otros sistemas para mejorar la eficiencia energética ó hídrica si tienen un aprovechamiento común.

Los acuerdos adoptados válidamente por esta mayoría, obliga a todos los propietarios a participar en el coste correspondiente, a no ser que no sean exigibles y sean para instalaciones, servicios u otras mejoras que no sean necesarios para la conservación, mantenimiento, habitabilidad, seguridad y accesibilidad del inmueble y cuyo coste de instalación sea superior a 3 mensualidades de gastos comunes (ordinarios); en cuyo caso no pueden obligar a los propietarios que votaron en contra.

Si, posteriormente, estos vecinos que no participaron en el pago de estas instalaciones, quieren aprovecharlas, deberán abonar el importe correspondiente actualizado.

Propuestas que requieren la unanimidad:

Para otros acuerdos no recogidos en esta publicación y que supongan cambios en las reglas contenidas en el Título Constitutivo ó en lo Estatutos de la comunidad, es necesario obtener la unanimidad de los copropietarios.

Propuestas que requieren mayoría:

En general, para otros acuerdos no citados expresamente, bastará con la mayoría del total de propietarios (más del 50%), quedando todos obligados a sufragar los costes correspondientes.

Si continúas teniendo dudas sobre tu caso personal. Contáctanos aquí, estaremos encantados de ayudarte.

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